Ayudas dirigidas a PDI y personal investigador de la ETSII. Convocatoria abierta todo el año.                                                                                                                                                 

Publicación en revistas

Objetivo y condiciones

Publicación de artículos científicos en revistas de alto índice de impacto incluidas en los dos primeros cuartiles de alguna de las categorías del Journal Citation Reports publicado en el año en curso o en el año inmediatamente anterior.

Beneficiarios

    • Estas ayudas podrán ser solicitadas por:
      • todo el personal docente e investigador perteneciente a la ETSII-UPM.
      • beneficiarios de ayudas pre-doctorales de programas oficiales internacionales, de un ministerio, de la Comunidad de Madrid o de la UPM.
      • personal investigador contratado por los grupos/centros o institutos de investigación de la Escuela.
      • encontrándose, en todos los casos, en activo y con dedicación a tiempo completo.

Cuantías y conceptos susceptibles de ayuda  

    • Los conceptos susceptibles de ayuda son:
      • costes de publicación en abierto.
      • costes de producción que las revistas imputen a los autores con carácter obligatorio.
    • Se establece una cuantía máxima de:
      • 600€ por artículo publicado en el primer cuartil.
      • 500€ en el caso del segundo cuartil.

Requisitos

    • Se dará prioridad a revistas cuyo índice de impacto esté entre los primeros del área.
    • El solicitante de una ayuda tipo REVISTA deberá figurar como autor o coautor del artículo.
    • Será requisito fundamental que aparezca reflejada en la publicación su afiliación a la Escuela, a un Grupo, Departamento y/o Centro o Instituto de investigación integrado en la ETSII.
    • Sólo se concederá la ayuda tipo REVISTA, cuando el número de autores pertenecientes a la ETSII-UPM sea al menos la mitad del total y el primer firmante o el autor correspondiente pertenezcan a la ETSII-UPM.

Incompatibilidades

    • No se concederá durante el año 2026 más de una ayuda a artículos con el mismo “corresponding author”.
    • No se conceden ayudas de este tipo por revisión o traducción al inglés del artículo publicado.
    • El solicitante, cuando sea posible, no deberá haber solicitado este mismo tipo de ayuda dentro del programa Propio de la UPM o, en caso contrario, se le debe de haber denegado.

Documentación para la solicitud

Para solicitar la ayuda, se requerirá la siguiente documentación:

  1. Fichero PDF del artículo objeto de la ayuda.
  2. La carta de aceptación del artículo.
  3. Fotocopia de la factura enviada por la editorial.
  4. Declaración responsable del solicitante de no haber solicitado para el artículo publicado este mismo tipo de ayuda dentro del Programa Propio de la UPM o, en caso contrario, de que ha sido denegada la solicitud.

Presentación de solicitudes

Todas las solicitudes de ayudas se cumplimentarán a través de Indusnet (pestaña solicitudes en el lado izquierdo de la pantalla). El procedimiento consta de un formulario en el que se rellenarán los datos solicitados y se subirán los ficheros requeridos en formato PDF. El formulario estará disponible durante todo el año 2026 a partir de la fecha de publicación de este documento en la página web de la ETSII-UPM, excepto durante el periodo comprendido entre el 17 de noviembre y el 31 de diciembre, y podrá ser modificado mediante el botón guardar. No será necesario acudir al Registro de la Escuela.

Una vez guardada la solicitud, se podrá acceder a un enlace desde Solicitudes -> Solicitudes formalizadas en trámite con los datos resumen de la solicitud. Se aconseja guardar una copia de dicha hoja resumen.

Dichas solicitudes serán evaluadas y adjudicadas por la comisión de evaluación en 4 períodos establecidos a lo largo del año, uno en cada trimestre, según el calendario siguiente:

  1. Solicitudes entre 1 de enero y 31 de marzo: Resolución en abril
  2. Solicitudes entre 1 de abril y 30 de junio: Resolución en julio
  3. Solicitudes entre 1 de julio y 30 de septiembre: Resolución en octubre
  4. Solicitudes entre 1 de octubre y 16 de noviembre: Resolución en noviembre

Aquellas actividades susceptibles de ser objeto de ayuda y que se vayan a realizar del 17 de noviembre al 31 de diciembre de 2026, deberán ser solicitadas con anterioridad al 17 de noviembre de 2026.

En lo que se refiere a las ayudas que se resuelvan tras el último período de solicitud, por necesidades del cierre del ejercicio económico, la documentación necesaria para su justificación deberá ser presentada en la Subdirección de Investigación e Innovación de la ETSII antes del 6 de diciembre de 2026.

Adjudicación de las ayudas

La adjudicación de las ayudas la realizará la comisión de evaluación, la cual estará presidida por el Subdirector de Investigación e Innovación de la Escuela, actuando como secretaria la Secretaria de la Escuela. El resto de integrantes serán tres investigadores responsables de grupos de investigación o directores de departamento/centro o instituto de investigación de la Escuela o investigadores de reconocido prestigio de la ETSII-UPM, un representante del PTGAS y un representante de los alumnos. En caso de necesidad, el Subdirector de Investigación e Innovación procederá a la sustitución de los miembros que no puedan concurrir a las reuniones de evaluación a fin de no demorar el proceso de evaluación.

La comisión utilizará para la toma de sus decisiones criterios objetivos de calidad de la investigación. Aunque se intentará atender todas las solicitudes que cumplan los requisitos indicados en este documento, las ayudas podrán no concederse o reducirse en su importe si el número de peticiones es muy elevado y no hay presupuesto suficiente para todas.

Las decisiones de la comisión de evaluación serán inapelables y será el Subdirector de Investigación e Innovación quien resolverá en el caso de que no exista posibilidad de que lo realice la propia comisión.

En el plazo máximo de 30 días hábiles, a partir de la fecha del cierre del período del año correspondiente, la Subdirección de Investigación e Innovación comunicará a los solicitantes la decisión tomada.

Es importante aclarar que sólo se concederá una ayuda por solicitante y año, independientemente del tipo de ayuda que se solicite. Asimismo, los importes de las ayudas establecidas en este documento, son máximos y podrían reducirse para satisfacer un mayor número de solicitudes.

Justificación de las ayudas

Las ayudas concedidas se justificarán mediante facturas originales. Una vez concedida la   ayuda y realizado el objeto de la misma, deberá presentarse en la Subdirección de Investigación e Innovación de la Escuela la siguiente documentación para poder percibir la cuantía de la ayuda:

  1. Comunicación de la Subdirección de Investigación en la que se otorga al solicitante la cantidad concedida.
  2. Factura asociada a la publicación del artículo de investigación.

 

En el caso en que la actividad objeto de ayuda haya sido pagada previamente por el investigador o el grupo, este gasto deberá haberse cargado a una cuenta OTT-UPM. En el caso de que la actividad haya sido abonada por el investigador, el área de gestión económica de proyectos de investigación ingresará directamente la cuantía al investigador.

Asimismo, será necesario que los justificantes originales de los gastos sean remitidos a la Subdirección de Investigación e Innovación de la ETSII con el fin de que sean cotejados antes de su envío a la OTT para su pago.

Disposición final

La presente convocatoria de ayudas estará en vigor durante todo el año 2026. No obstante, podrá sufrir alguna modificación en función de posibles programas de ayudas similares, promovidos desde nuestra Universidad.

Cualquier aclaración, adición o posibles modificaciones que se estimen necesarias para esta convocatoria de ayudas se dará a conocer mediante e-mail a todo el Personal Docente e Investigador (PDI) de la ETSII-UPM y/o a través de la página web de la Escuela:

http://www.industriales.upm.es/investigacion

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