Los Programas Académicos con Recorridos Sucesivos (según la DA9 del R.D. 822/2021) contemplan la realización de un Grado y un Máster vinculado, de manera sucesiva, como formación completa de ambos ciclos.
Una vez que al/a la estudiante le resten por finalizar como máximo 30 ECTS del Grado (según la DA9 del R.D. 822/2021), podrá acceder y matricularse en el Máster vinculado. El/la estudiante no adquiere ninguna obligación de realizar dicho Máster, pudiendo decidir finalizar sus estudios con el Grado.
El/la estudiante recibirá sucesivamente, en su caso, el título de Grado y el título de Máster oficiales.