Ayudas dirigidas a PDI y personal investigador de la ETSII. Convocatoria abierta todo el año.                                                                                                                                             

Ayudas tipo congreso

Objetivo y condiciones

Presentación de ponencias en congresos internacionales, de reconocido prestigio, que se celebren en el año 2025, que tengan evaluación por pares y que sean reconocidos como mérito en las convocatorias de ANECA

  • Podrán solicitar estas ayudas el PDI en servicio activo con contrato de ayudante y de ayudante doctor y profesores contratados doctores en las fechas que se celebre el Congreso.
  • También podrán solicitar estas ayudas, beneficiarios de ayudas pre-doctorales de programas oficiales internacionales, de un ministerio, de la Comunidad de Madrid o de la UPM y personal investigador contratado por los grupos/centros o institutos de investigación de la Escuela, encontrándose, en todos los casos, en activo y con dedicación a tiempo Estas ayudas se extienden también a beneficiarios de un Programa de Doctorado Industrial, siempre y cuando aporten el convenio que implique como tutor a un profesor de la Escuela.
  • Asimismo, para el profesorado a tiempo completo no incluido en las categorías anteriores, cada Departamento podrá proponer dos solicitudes anuales como máximo a fin de facilitar la asistencia a congresos de aquellos profesores que no cuentan con otros recursos. En este caso, la solicitud la debe hacer el propio profesor utilizando el procedimiento habitual, pero deberá adjuntar el aval firmado por el Director del Departamento al cual pertenezca. En este caso, es necesario que al solicitante se le haya denegado previamente el mismo tipo de ayuda dentro del programa propio de I+D+I de la Universidad Politécnica de Madrid.
  • En caso de limitaciones presupuestarias, tendrán prioridad los profesores ayudantes y ayudantes doctores, después los profesores contratados doctores y, por último, los investigadores y el profesorado a tiempo completo cuyo grupo no hubiese recibido ninguna ayuda de este tipo durante el año 2024.
  • La cuantía máxima de la ayuda para realizar viajes cuyo objeto sea la presentación de ponencias en congresos internacionales dependerá del lugar de celebración del congreso:
    • Congresos en España: hasta un máximo de 400€.
    • Congresos en Europa y norte de África: hasta un máximo de 600€
    • Resto de destinos: hasta un máximo de 800€.
  • En el caso de ponencias presentadas a congresos virtuales, sólo se financiará como máximo la cuota de inscripción al congreso.
  • Solo se concederá la ayuda tipo CONGRESO, cuando el número de autores pertenecientes a la ETSII-UPM sea al menos la mitad del total. El solicitante de una ayuda tipo CONGRESO deberá ser la persona que defienda la comunicación en el congreso. Asimismo, será requisito fundamental que aparezca reflejada su afiliación a la Escuela, a un Grupo, Departamento y/o Centro o Instituto de investigación integrado en la ETSII.
  • En el caso de que se soliciten varias ayudas tipo CONGRESO, para presentar diferentes comunicaciones a un mismo congreso y cuyos autores sean miembros del mismo grupo de investigación, se concederá una única ayuda.
  • Se incluirán también en este apartado, aquellas conferencias invitadas en congresos internacionales de prestigio, en el que el ponente figure en el programa, aunque no exista un artículo aceptado en un proceso de revisión por pares, y se cumplan los requisitos relativos a categoría de profesor mencionados en el primer párrafo de este apartado.
  • No se financiarán ayudas de movilidad para la impartición, como profesor invitado, de conferencias, ni para la participación en mesas redondas o cursos, congresos o cursos de innovación docente, cursos de verano, seminarios, etc.
  • Se dará prioridad a congresos que sean consolidados y de tradición en el área.
  • La ayuda sólo cubre gastos incurridos y facturados en 2025.

Documentación y procedimiento de solicitud

Para solicitar la ayuda, se requerirá la siguiente documentación:

  1. Fichero PDF de la ponencia objeto de la ayuda.
  2. Documento de aceptación de la ponencia.
  3. Certificado de asistencia del solicitante al congreso. En el caso en que la ayuda se solicite con anterioridad al congreso, el documento que hay que subir es el programa previsto del congreso (incluyendo sesión de la ponencia), presentando el certificado después, al justificar los gastos tras la asistencia al congreso.
  4. Cuando la condición del solicitante lo requiera, justificación de su condición de beneficiario de una ayuda pre-doctoral de programas oficiales internacionales, de un ministerio, de la Comunidad de Madrid o de la UPM o de un contrato pre-doctoral con cargo a proyectos de investigación.
  5. En el caso de que el solicitante sea un profesor a tiempo completo no incluido en la categoría de Profesor Ayudante, Profesor Ayudante Doctor o Profesor Contratado Doctor, aval del Departamento al cual pertenezca firmado por el Director del Departamento.


Todas las solicitudes de ayudas se cumplimentarán a través de Indusnet (pestaña solicitudes en el lado izquierdo de la pantalla). El procedimiento consta de un formulario en el que se rellenarán los datos solicitados y se subirán los ficheros requeridos en formato PDF. El formulario estará disponible durante todo el año 2025 a partir de la fecha de publicación de este documento en la página web de la ETSII-UPM, excepto durante el periodo comprendido entre el 17 de noviembre y el 31 de diciembre, y podrá ser modificado mediante el botón guardar. No será necesario acudir al Registro de la Escuela.

Una vez guardada la solicitud, se podrá acceder a un enlace desde Solicitudes -> Solicitudes formalizadas en trámite con los datos resumen de la solicitud. Se aconseja guardar una copia de dicha hoja resumen.

Presentación de solicitudes

La aplicación de Indusnet para solicitar cualquiera de las ayudas contempladas en esta normativa estará disponible todo el año desde el momento su publicación en la página web de la ETSII-UPM, excepto durante el periodo comprendido entre el 17 de noviembre y el 31 de diciembre. Se podrá cursar la solicitud en cualquier momento, independientemente de cuándo tenga lugar el objeto de la ayuda, siempre y cuando sea dentro del año en curso. Se recomienda solicitarla con anterioridad a la realización del objeto de la ayuda con el fin de facilitar la justificación de la misma.

Dichas solicitudes serán evaluadas y adjudicadas por la comisión de evaluación en 4 períodos establecidos a lo largo del año, uno en cada trimestre, según el calendario siguiente:

  • Solicitudes entre 1 de enero y 31 de marzo Resolución en abril
  • Solicitudes entre 1 de abril y 30 de junio Resolución en julio
  • Solicitudes entre 1 de julio y 30 de septiembre Resolución en octubre
  • Solicitudes entre 1 de octubre y 16 de noviembre Resolución en noviembre

Aquellas actividades susceptibles de ser objeto de ayuda y que se vayan a realizar del 17 de noviembre al 31 de diciembre de 2025, deberán ser solicitadas con anterioridad al 17 de noviembre de 2025.

La convocatoria de Ayudas a la I+D de la ETSII tendrá carácter anual y la cuantía de las mismas se establecerá en base al presupuesto asignado. Para el año 2025 se ha asignado un presupuesto de 18000 euros.

En lo que se refiere a las ayudas que se resuelvan tras el último período de solicitud, por necesidades del cierre del ejercicio económico, la documentación necesaria para su justificación deberá ser presentada en la Subdirección de Investigación de la ETSII antes del 5 de diciembre de 2025.

Adjudicación de las ayudas

La adjudicación de las ayudas la realizará la comisión de evaluación, la cual estará presidida por el Subdirector de Investigación y Doctorado de la Escuela, actuando como secretaria la Secretaria de la Escuela. El resto de integrantes serán tres investigadores responsables de grupos de investigación o directores de departamento/centro o instituto de investigación de la Escuela o investigadores de reconocido prestigio de la ETSII-UPM. En caso de necesidad, el Subdirector de Investigación y Doctorado procederá a la sustitución de los miembros que no puedan concurrir a las reuniones de evaluación a fin de no demorar el proceso de evaluación.

La comisión utilizará para la toma de sus decisiones criterios objetivos de calidad de la investigación. Aunque se intentará atender todas las solicitudes que cumplan los requisitos indicados en este documento, las ayudas podrán no concederse o reducirse en su importe si el número de peticiones es muy elevado y no hay presupuesto suficiente para todas.

Las decisiones de la comisión de evaluación serán inapelables y será el Subdirector de Investigación y Doctorado quien resolverá en el caso de que no exista posibilidad de que lo realice la propia comisión.

En el plazo de 30 días hábiles, a partir de la fecha del cierre del período del año correspondiente, la Subdirección de Investigación y Doctorado comunicará a los solicitantes la decisión tomada.

Es importante aclarar que sólo se concederá una ayuda por solicitante y año, independientemente del tipo de ayuda que se solicite. Asimismo, los importes de las ayudas establecidas en este documento, son máximos y podrían reducirse para satisfacer un mayor número de solicitudes.

Justificación de las ayudas

Las ayudas concedidas se justificarán mediante facturas originales. Una vez concedida la ayuda y realizado el objeto de la misma, deberá presentarse en la Subdirección de Investigación de la Escuela la siguiente documentación para poder percibir la cuantía de la ayuda:

  1. Comunicación de la Subdirección de Investigación en la que se otorga al solicitante la cantidad concedida.
  2. Declaración Justificativa de Gastos por Viajes de la OTT
  3. Justificantes originales de gastos que sean objeto de consideración en esta convocatoria (billetes y tarjetas de embarque, factura de inscripción al Congreso, factura de hotel etc.).
  4. Certificado de asistencia del solicitante al congreso.

 

En el caso en que la actividad objeto de ayuda haya sido pagada previamente por el investigador o el grupo, este gasto deberá haberse cargado a una cuenta OTT-UPM. Sin el cumplimiento de este requisito, no será posible ejecutar la ayuda.

Asimismo, será necesario que los justificantes originales de los gastos sean remitidos a la Subdirección de Investigación de la ETSII con el fin de que sean cotejados antes de su envío a la OTT para su pago.

Disposición final

La presente convocatoria de ayudas estará en vigor durante todo el año 2025. No obstante, podrá sufrir alguna modificación en función de posibles programas de ayudas similares, promovidos desde nuestra Universidad.

Cualquier aclaración, adición o posibles modificaciones que se estimen necesarias para esta convocatoria de ayudas se dará a conocer mediante e-mail a todo el Personal Docente e Investigador (PDI) de la ETSII-UPM y/o a través de la página web de la Escuela:

http://www.industriales.upm.es/investigacion

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